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Lección 2 de 11

La Secretaría General y las direcciones generales de la Consejería

5 min de lectura · 4 preguntas

Conceptos de esta lección
La Secretaría General de la ConsejeríaLa Dirección General de Salud PúblicaLa Dirección General de Planificación Sanitaria, Investigación e Innovación

Al terminar sabrás: qué hace la Secretaría General y cada una de las dos direcciones generales de la Consejería, y cómo se distinguen de las de la Gerencia Regional de Salud.

La Consejería tiene, además de la Viceconsejería, tres órganos directivos: una secretaría general y dos direcciones generales. Cada uno tiene una «palabra clave» que te sirve para distinguirlos.

Secretaría General (art. 5)

Además de las funciones que toda secretaría general tiene en la Ley 3/2001 (del Gobierno y de la Administración de Castilla y León), se ocupa de:

  • La administración de los créditos y las propuestas de pago de la Consejería, y la tramitación de los expedientes de contratación de sus materias propias.
  • La coordinación interadministrativa de todos los órganos de la Consejería y de la Gerencia Regional de Salud, así como las derivadas de la adscripción de esta a la Consejería.
  • El seguimiento y control de la ejecución presupuestaria y del gasto de los entes adscritos, la difusión de la política sanitaria, las estadísticas, los recursos informáticos de la Consejería y sus publicaciones.

Un dato que enlaza con la Gerencia: la persona titular de la Secretaría General es también el Director económico, presupuestario y financiero de la Gerencia Regional de Salud (Ley 8/2010, art. 32 bis), y sus unidades hacen las funciones materiales y de apoyo de ese órgano (art. 5.3).

Dirección General de Salud Pública (art. 6)

Su palabra clave es autoridad sanitaria en salud pública. Le corresponde, entre otras funciones:

  • La autorización sanitaria, la inspección, las medidas preventivas y la potestad sancionadora en protección de la salud.
  • La educación para la salud, la promoción de hábitos saludables y la prevención de la enfermedad.
  • El control sanitario de centros y servicios sanitarios, de productos sanitarios y cosméticos, de los riesgos del medio y de los alimentos.
  • Los registros y sistemas de información para la vigilancia en salud pública.
  • La acreditación de la formación continuada de los profesionales sanitarios.

Dirección General de Planificación Sanitaria, Investigación e Innovación (art. 7)

Su palabra clave es planificar. Se ocupa de:

  • Analizar las necesidades de salud y de asistencia.
  • Elaborar el anteproyecto del Plan de Salud de Castilla y León y las estrategias regionales de salud, y evaluar su ejecución.
  • La planificación sociosanitaria, en colaboración con la Gerencia Regional de Salud y la consejería competente en acción y servicios sociales.
  • La planificación y el fomento de la investigación y la innovación sanitarias, la colaboración con las universidades y la transferencia de resultados.
  • El diseño de los contenidos del Portal de Salud, junto con la dirección general de calidad de la Gerencia.

Ejemplo. Se detecta un brote de gastroenteritis por un alimento en un comedor colectivo. Inspeccionar, restringir la venta y, si procede, sancionar es Salud Pública. Decidir cómo se repartirán los hospitales y centros de salud en los próximos años es Planificación. Pagar las facturas de la Consejería y coordinarla con la Gerencia es la Secretaría General.

Trampas de examen

  • La vigilancia epidemiológica y el control de alimentos son de Salud Pública, no de la Gerencia.
  • El Plan de Salud lo elabora Planificación (con la propuesta de Salud Pública en su dimensión de salud pública); la Junta lo aprueba (Ley 8/2010, art. 6.c).
  • La Secretaría General de la Consejería no es lo mismo que la Dirección Gerencia de la Gerencia Regional de Salud, aunque colaboren.
  • El Portal de Salud: diseña Planificación (Consejería) y gestiona la dirección general de calidad de la Gerencia.

Fuentes: Decreto 12/2022 (BOCYL 06/05/2022), arts. 5, 6 y 7; Ley 8/2010 (BOE consolidado), arts. 6.c) y 32 bis.